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La justicia europea cuestiona las hipotecas multidivisa y abre nuevas vías de reclamación

La reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha vuelto a poner el foco sobre las hipotecas multidivisa, un producto financiero que tuvo gran presencia en España antes de la crisis y que ahora podría generar una nueva oleada de reclamaciones. La resolución refuerza la idea de que estos préstamos pueden considerarse abusivos si no se explicó adecuadamente a los consumidores los riesgos que implicaban, lo que abre la puerta a posibles devoluciones económicas.

Qué son las hipotecas multidivisa y por qué generan conflicto

Este tipo de hipotecas se caracteriza por estar vinculadas a una moneda distinta del euro, como el franco suizo o el yen japonés. Esto implica que tanto el capital pendiente como las cuotas mensuales dependen del tipo de cambio, lo que introduce un riesgo adicional. Si la divisa extranjera se revaloriza frente al euro, el importe de la deuda puede aumentar incluso después de años de pagos regulares.

Antes de la crisis financiera, muchas entidades ofrecieron estos productos como una opción aparentemente más ventajosa debido a sus tipos de interés más bajos. Sin embargo, numerosos clientes han denunciado posteriormente que no recibieron una información clara y comprensible sobre los riesgos reales. Esta falta de transparencia ha sido clave en múltiples procedimientos judiciales en distintos países europeos, incluida España.

Miles de hipotecas afectadas en España

En nuestro país, se estima que todavía existen alrededor de 20.000 hipotecas multidivisa activas, que podrían verse afectadas por esta nueva interpretación jurídica . La resolución del TJUE surge a raíz de un caso en Hungría, donde se cuestionaba la legalidad de un préstamo concedido en francos suizos. El tribunal ha reiterado que las cláusulas abusivas deben considerarse nulas desde el origen y no están sujetas a prescripción.

Uno de los puntos más relevantes del fallo es la aclaración sobre los plazos para reclamar. El TJUE distingue entre la declaración de nulidad de una cláusula, que no prescribe, y la reclamación de daños derivados, cuyo plazo comienza cuando el consumidor es consciente del carácter abusivo de la cláusula. Esto evita que se compute desde el inicio del contrato o desde resoluciones anteriores.

Interpretación en España y criterio del Tribunal Supremo

Esta interpretación tiene especial impacto en España, donde el Tribunal Supremo ya había fijado en 2024 que el plazo para reclamar daños comienza cuando existe una sentencia firme que declara la nulidad. Esto supone, en la práctica, una ampliación de las posibilidades de reclamación para los afectados, ya que retrasa el inicio del cómputo del plazo.

El elemento clave en la mayoría de estos casos sigue siendo la falta de transparencia en la comercialización. Muchos tribunales han considerado que las entidades no explicaron adecuadamente que la fluctuación de divisas podía provocar un incremento significativo de la deuda, incluso superando el capital inicialmente prestado.

Posibilidad de recuperar cantidades y aumento de demandas

Según expertos en derecho financiero, esta ausencia de información constituye un abuso contractual, lo que implica la nulidad de la cláusula. Además, una vez declarada dicha nulidad, el consumidor puede reclamar automáticamente las cantidades pagadas en exceso, reforzando así su posición frente a la entidad bancaria.

Con este nuevo respaldo de la justicia europea, los afectados por hipotecas multidivisa cuentan ahora con un escenario más favorable para iniciar reclamaciones. La combinación de la doctrina del TJUE y la evolución de la jurisprudencia nacional podría provocar un aumento significativo de demandas en los próximos meses, especialmente en aquellos casos donde no se garantizó una información suficiente y transparente al cliente.

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