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Tipos de hipotecas

Tipos de hipotecas en Madrid

Lo habitual es que una hipoteca, como derecho real de garantía del cumplimiento de una obligación, se constituya sobre bienes inmuebles. Es decir, en la mayor parte de los casos se utilizan bienes inmuebles como garantía de dicha hipoteca.

Pero, puede haber otros supuestos que reconoce la ley en los que el bien objeto de la garantía, sea otro distinto a un inmueble. Por ejemplo algunos derechos reales que son de carácter enajenable, pueden ser utilizados como garantía y si es necesario, ante un incumplimiento de la obligación de pago, enajenados para cubrir la cifra garantizada.

Tipos de hipotecas

Hipoteca del derecho de usufructo

La legislación vigente permite que sean susceptibles de hipotecarse los derechos de usufructo (el usufructo es el derecho de uso sobre un bien). El funcionamiento de esta hipoteca sería similar al de cualquier otra cuyo objeto de garantía sea un inmueble.

Si se diera el caso de que el usufructo finalizase por hechos no imputables a la voluntad del usufructuario se daría por extinguida la hipoteca en subasta, en caso de que esta ya se hubiera llevado a cabo.

No es posible que por actos voluntarios del usufructuario la hipoteca quede perjudicada en detrimento de los derechos del acreedor hipotecario.

Hipoteca de nuda propiedad

La nuda propiedad es el derecho de una persona sobre la posesión de un bien determinado pero sin ostentar el derecho de uso de dicho bien ya que no posee el derecho real de usufructo.

Si una nuda propiedad se utiliza como objeto de garantía de la hipoteca, en caso de tener que ejecutarse esta, de ningún la venta forzosa de esta nuda propiedad o su subasta serán por un importe mayor que la plena propiedad.

Si el derecho de usufructo sobre la propiedad se extinguiera previamente a la ejecución de la hipoteca, se produciría una consolidación, por lo que la hipoteca pasaría a ser de dominio pleno.

Hipoteca de bienes hipotecados

En la teoría, el número de hipotecas que pueden constituirse sobre el mismo bien inmuebles es indefinido. Por lógica, el límite para ello sería el determinado por el valor real de la finca y el acuerdo de los acreedores para aceptar estas nuevas cargas sabiendo que existen unas anteriores.

En el caso de que concurran varias hipotecas sobre un mismo bien, la normativa actual establece un orden preestablecido en función de unos rangos y prioridades.

Sobre las hipotecas concurrentes es posible constituir derechos reales de garantía en actos como concesiones administrativas entre otros.


A la hora de escoger el tipo de hipoteca más adecuado, también es importante escoger el tipo de interés que más se adecúe a nuestra situación económica.

TIPOS DE INTERÉS

Tipo de interés fijo

En este supuesto, el tipo de interés permanece constante durante todo el tiempo que siga vigente la hipoteca. Aunque suban o bajen los tipos de interés, la cuota que deberá pagar el deudor será la misma independientemente de ese hecho. Eso proporciona cierta seguridad al deudor, aunque tampoco se podrá beneficiar si el tipo de interés desciende. Las personas que eligen este tipo de interés suelen ser personas con ingresos fijos a lo largo del tiempo, que pueden "permitirse" al mismo tiempo tener deudas fijas. Las hipotecas de interés fijo suelen tener un plazo más reducido, por lo que también es adecuado si tiene en mente liquidar la deuda en un plazo de tiempo menor.

Tipo de interés variable

Los tipos de interés variable en una hipoteca permiten beneficiarse al deudor de las fluctuaciones en el Euribor, con la consiguiente bajada de sus cuotas mensuales, pero también puede ser perjudicial si aumentan demasiado. El tipo de interés se actualiza periódicamente a los precios del mercado. Además el plazo de amortización es mayor -entre 20 y 30 años-.

Tipo de interés mixto

Este tipo es una combinación de los dos anteriores, en el que se establece un primer plazo con un tipo de interés fijo y el siguiente con un tipo variable.


Si tiene dudas sobre cuál es el tipo de préstamo hipotecario que más te va a beneficiar, no dude en contactar con nuestro despacho de Abogado Bancario Madrid y le ofreceremos un asesoramiento completo en materia de derecho Hipotecario.

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