El Supremo anula las hipotecas multidivisa de Barclays y obliga a recalcularlas en euros
El Tribunal Supremo ha declarado nulas las cláusulas multidivisa de las hipotecas concedidas por Barclays, actualmente integrado en CaixaBank. Esta decisión obliga a recalcular los préstamos en euros, eliminando cualquier referencia a divisas extranjeras. La sentencia supone un nuevo respaldo judicial a los consumidores afectados por este tipo de productos financieros.
Falta de transparencia en la comercialización de hipotecas multidivisa
Las hipotecas multidivisa, normalmente referenciadas en yenes o francos suizos, se ofrecían como una opción para pagar menos intereses. Sin embargo, el Supremo considera que los bancos no informaron adecuadamente sobre los riesgos reales del tipo de cambio. Esto provocó que muchos clientes vieran aumentar su deuda en lugar de reducirse.
El papel de Asufin y la acción colectiva
La resolución judicial responde a un recurso presentado por la asociación Asufin contra CaixaBank como sucesora de Barclays. El Supremo reconoce la validez de la acción colectiva para analizar la falta de transparencia en este tipo de contratos. Esta decisión corrige el criterio previo de la Audiencia Provincial de Barcelona.
El criterio del TJUE refuerza la protección al consumidor
El Tribunal Supremo se apoya en la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea sobre transparencia bancaria. No basta con que las cláusulas sean comprensibles en términos formales, sino que deben permitir entender sus consecuencias económicas reales. Esto refuerza la posición del consumidor frente a la entidad financiera.
Riesgos no explicados: el problema clave de estas hipotecas
Uno de los aspectos más relevantes es que los clientes no fueron informados del riesgo principal: la fluctuación de la divisa. El Supremo destaca que pagar cuotas no garantiza reducir la deuda, ya que esta puede aumentar en euros. Esta situación ha sido habitual en muchos afectados por hipotecas multidivisa.
Obligación de informar con claridad y detalle
La sentencia insiste en que los bancos deben explicar con precisión el impacto económico de estos productos. Es imprescindible que el cliente comprenda cómo las variaciones de la divisa pueden afectar al capital pendiente. La falta de esta información ha sido determinante para declarar la nulidad de las cláusulas.


