Abogado bancario

Ejecución hipotecaria

Ejecución hipotecaria en Madrid

Se entiende por ejecución hipotecaria al derecho que tiene reconocido un acreedor hipotecario para actuar en el supuesto de que el deudor no haya cumplido con su obligación, garantizada por un bien, normalmente un inmueble.

A través de la ejecución hipotecaria se fuerza la venta forzosa del bien inmueble que era garantía de la hipoteca. Con el importe de la venta se espera cubrir el total del dinero adeudado o al menos gran parte del mismo.

En la actualidad, debido a la situación del país en la que mucha gente no puede hacer frente al pago de sus préstamos hipotecarios, se ha aumentado el número de ejecuciones hipotecarias, las cuales muchas acaban en desahucio.

Procedimiento para ejecutar la hipoteca

  1. Aviso de impago: 15 días después del primer impago, la entidad bancaria contactará con el deudor para conocer los motivos del impago.
  2. Comunicación oficial: Un mes después, el banco envia un documento oficial escrito para notificar la situación. Puede ser por SMS, correo electrónico o carta.
  3. Entrada en mora: Cinco meses después, si se sigue sin abonar las cantidades de la hipoteca, la entidad incluye al deudor en un listado de morosos. Esto puede ser problemático para el deudor puesto que es probable que no le sean concedidos créditos en el futuro.
  4. Demanda judicial: A partir del 6º mes sin abonar las cuotas de la hipoteca, la entidad aplica la comisión de vencimiento anticipado para finalizar de forma unilateral el contrato y solicitará la ejecución hipotecaria, notificando al deudor en el domicilio objeto de la hipoteca.
  5. Registro de las cargas sobre la propiedad: Se adjunta una notificación de las cargas que existen sobre el inmueble hipotecado en el Registro de la Propiedad.
  6. Convocatoria de la subasta: Un año después del impago, la vivienda sale a subasta. La información de la subasta se incluye en el Tablón de Anuncios del Ayuntamiento, del Registro de la Propiedad y de los juzgados, y en boletines oficiales. No es obligación de la entidad comunicar este proceso al deudor.
  7. Celebración de la subasta: Las pujas se comparan y se adjudica la vivienda a la persona que más dinero ofrezca. Si no se ha alcanzado el precio mínimo que el banco haya establecido por la vivienda, este puede quedarse la propiedad con un 60% del valor. El deudor deja de convertirse en propietario del inmueble.
  8. Lanzamiento o deshaucio: Es la fase más evitada a toda costa, puesto que el banco obliga a abandonar la vivienda al deudor, de forma pacífica o con presencia policial, acompañados por una comisión judicial y un cerrajero, para cambiar la cerradura y evitar que vuelva a entrar el deudor. En este paso finaliza la ejecución hipotecaria.

Nuestro despacho de abogados le podrá dar soporte legal en el caso de que su entidad bancaria haya iniciado los trámites de ejecución hipotecaria. Nuestra asistencia estará encaminada a la suspensión o paralización de dicha ejecución.Estudiaremos su caso detalladamente. Consultaremos todos los documentos relacionados con su hipoteca y realizaremos las alegaciones y negociaciones oportunas ante su entidad bancaria. Nuestro objetivo principal es que pueda mantener su vivienda.

En primer término, negociaremos con su banco o caja para evitar la vía judicial. Mediante dichas negociaciones intentamos conseguir por un lado que se reestructure la deuda, de forma que pueda asumir su pago, y por otro lado trataremos de que se eliminen las cláusulas de su contrato hipotecario que consideremos abusivas o nulas.

Como resultado de las negociaciones con la entidad bancarias, es posible obtener una novación hipotecaria. La novación hipotecaria es una modificación que se realiza sobre algún aspecto relacionado con el préstamo hipotecario. Esta modificación se realiza posteriormente a la firma de dicho préstamos y su objetivo es conseguir una refinanciación de la misma.

Las modificaciones que suelen acordarse a través de la novación hipotecaria suelen ser aquellos relativos al importe de las cuotas, que suelen reducirse. A cambio, el plazo de duración de la hipoteca se amplia.

Además de intervenir en la negociación de estas novaciones hipotecarias, nosotros nos encargaremos de que entienda todos los términos y pactos a los que lleguemos con su entidad bancaria. De esta forma tendrá claro todos los puntos pactados y sus implicaciones.

Nuestros abogados cuentan con una dilatada experiencia en derecho bancario e hipotecario y están familiarizados con todos los procesos de ejecuciones hipotecarias, negociación con entidades bancarias etc.

Si llegado el caso no es posible paralizar el proceso de ejecución hipotecaria o no le es posible realizar una novación hipotecaria, podremos ayudarle a negociar la dación en pago. Aunque supone entregar la vivienda a cambio de la condonación de la deuda, es más ventajoso que la ejecución hipotecaria ya que se encontraría libre de deudas con el acreedor.

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